INICIO

El titular de la
Institución del "Defensor del Pueblo Andaluz" acumula en su persona la titularidad de otra
Institución, "Defensor del Menor de Andalucía", creada también por el Parlamento de Andalucía
mediante Disposición Adicional Primera a la Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y la
Atención al Menor (Ley publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía nº53, de 12 de mayo
de 1998).
En consecuencia, en la persona del Defensor del Pueblo Andaluz coincide la titularidad de
ambas Instituciones, acumulándose los cargos de Defensor del Menor de Andalucía y Defensor del
Pueblo Andaluz.
Acceso a la página web del
Defensor del Menor de
Andalucía.
FIN