Defensor del Pueblo Andaluz

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Lunes, 6 de Febrero de 2012
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Inicio El Defensor ¿Qué no puede investigar?
 
\\¿Qué no puede investigar?
INICIO
El Defensor del Pueblo Andaluz no puede entrar a investigar las quejas sobre los siguientes asuntos:
  • que estén pendientes de una resolución judicial o hayan sido resueltos por Jueces y Tribunales integrantes del Poder Judicial.
  • cuestiones privadas entre particulares (conflictos de vecindad, laborales, mercantiles, etc.)
  • aquéllos que versen sobre cuestiones cuya tramitación pudiera ocasionar un perjuicio a terceros.
  • las quejas anónimas
  • quejas en las que advierta mala fe o carencia de fundamento.
FIN
Reyes Católicos, 21 - 41001 SEVILLA (ESPAÑA) \\ Tlf. 954 21 21 21\\ defensor@defensor-and.es
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