Defensor del Pueblo Andaluz

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Lunes, 6 de Febrero de 2012
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\\¿Quién puede acudir?
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Cualquier persona física o jurídica, puede acudir al Defensor del Pueblo Andaluz, siempre que invoque un interés legítimo.

No importa cuál sea su nacionalidad, residencia o vecindad administrativa, sexo, minoría de edad, si tiene incapacidad legal o está internada en un centro penitenciario o de reclusión o, en general, mantiene cualquier relación especial de sujeción o dependencia de una Administración o Poder público.

Para la presentación de la queja no se necesita la asistencia de abogado ni procurador, y el procedimiento de tramitación es totalmente gratuito. El nombre de la persona que presenta la queja se mantiene en secreto frente a terceros y a organismos no implicados en el problema.

No podrá presentar queja ante el Defensor del Pueblo Andaluz ninguna autoridad administrativa en asuntos de su competencia.

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FIN
Reyes Católicos, 21 - 41001 SEVILLA (ESPAÑA) \\ Tlf. 954 21 21 21\\ defensor@defensor-and.es
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